Solicitud de copias electrónicas auténticas de documentos oficiales expedidos por la Universidad Internacional de Andalucía
Procedimiento electrónico por el que puede solicitar la expedición de una Copia Electrónica Auténtica de un documento público administrativo expedido por la Universidad Internacional de Andalucía
Finalidad:
- A través del presente procedimiento electrónico se puede solicitar, en cualquier momento, la expedición de una Copia Electrónica Auténtica de un documento público administrativo expedido por la Universidad Internacional de Andalucía. En virtud de lo señalado por el artículo 27.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, una Copia Auténtica de un documento público administrativo es un nuevo documento expedido por un órgano competente de la Administración, en la que queda garantizada la identidad del órgano que ha realizado la copia y su contenido.
- En una solicitud de Copia Electrónica Auténtica solo puede solicitarse la copia de un único documento. No puede solicitar la expedición de copias de diferentes documentos en una misma petición. Habrá que realizar una solicitud por cada uno de ellos.
- Sólo se podrán expedir copias auténticas a partir de un documento original o de otra copia auténtica y tendrán la misma validez y eficacia que dicho documento.
Destinatarios:
- Cualquier persona física o jurídica.
Descripción del procedimiento:
- Una vez registrada la petición a través del formulario oficial, el órgano competente pondrá a disposición de la persona solicitante, la copia auténtica mediante una notificación electrónica en el expediente electrónico generado de la Sede Electrónica, debiendo expedirse, salvo las excepciones derivadas de la aplicación de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, en el plazo de quince días a contar desde la recepción de la solicitud.
- La persona interesada se hace responsable de que dispone de acceso a la dirección de correo electrónico designada en su solicitud. En caso de que deje de estar operativa o pierda la posibilidad de acceso, el interesado está obligado a comunicar a esta Universidad que no se realice el aviso a dicha dirección.
Órgano competente para la tramitación del procedimiento:
- Secretaría General, Equipo de Gobierno y Registro
Silencio:
- Desestimatorio
Principal Normativa de aplicación:
- Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
- Ley Orgánica 3/2018, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
- Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos.
- Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y el Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de sus datos personales y a la libre circulación de estos datos.
- Reglamento de Administración Electrónica de la Universidad Internacional de Andalucía, aprobado por Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Universidad Internacional de Andalucía de fecha 6 de abril de 2022 (BOUNIA núm 1/2022, de 17 de enero).
Para cualquier información adicional que pueda requerir sobre este procedimiento puede contactar a través de: secretaria.general@unia.es